Contratación doble potencia eléctrica

doble potencia

Se podrán contratar dos potencias eléctricas diferentes a lo largo del año, adaptando el suministro a la demanda real.

MEDIANTE EL RD 88/2026 SE CONSOLIDA PODER CONTRATAR LA DOBLE POTENCIA

 

Con la publicación en el BOE del Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, queda abierta la posibilidad de contratar dos potencias eléctricas a lo largo del año, una reivindicación constante de los regantes que se ve por fin atendida.

De esta forma, se podrá contratar una potencia alta durante la campaña de riego, y una potencia mucho más baja el resto del año, evitando pagar potencia innecesaria durante meses en los que se reduce significativamente el consumo.

Esto no solo representa un ahorro significativo, sino que facilita la modernización de los sistemas de riego, eliminando uno de los principales frenos históricos, como es el elevado coste de la energía, ya que se abarata el coste en comunidades de regantes.

Además, la normativa garantiza que los precios del término de potencia no tendrán incremento respecto de las tarifas de aplicación, y obliga a las compañías eléctricas a ofrecer un canal de atención para consultas de las comunidades.

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